Redactado por Beatriz del Toro, quien es (entre muchas cosas) abogada especializada en Legaltech e Inteligencia Artificial. La apasionan los avances tecnológicos y creo en la gran importancia de la regulación normativa en la transformación digital para una mayor ética, transparencia y seguridad. Precisamente por ello, se dedica a asesorar y ayudar a empresas en el complejo universo normativo de la IA y también imparto formaciones sobre este tema.
A) Introducción:
Mis primeros contactos con el mundo laboral fueron en el sector bancario. Una época que recuerdo con cariño y en la que aprendí muchísimo. Por eso, cuando hace unos días el Banco Santander anunció su acuerdo con OpenAI para desplegar ChatGPT Enterprise en su organización, la noticia tuvo eco más allá de lo tecnológico: se trata de un movimiento con profundas implicaciones legales y regulatorias.
En apenas unos meses, más de 15.000 empleados del banco ya emplean la herramienta para tareas internas, con la previsión de llegar a 30.000 a finales de 2025. Además, se ha anunciado que toda la plantilla recibirá en 2026 formación obligatoria en inteligencia artificial. Hasta ahí, la iniciativa parece impecable: un uso responsable y gradual, acotado inicialmente a la productividad interna —resúmenes, redacción de informes o búsqueda de información—, donde el riesgo regulatorio es controlable.
Pero debo subrayar que cada despliegue de IA en banca es una promesa de eficiencia, pero también una fuente potencial de responsabilidad legal. Si hoy hablamos de ventajas internas, mañana deberemos preguntarnos qué ocurre cuando estas herramientas intervengan en procesos sensibles como la evaluación crediticia o la verificación de identidad (KYC).
Allí, el Reglamento de IA de la Unión Europea no deja margen de interpretación: estamos ya en territorio de sistemas de «alto riesgo», sometidos a obligaciones estrictas de trazabilidad, transparencia y supervisión humana.
B) Santander no está solo: el mapa de la IA generativa en banca:
El acuerdo Santander-OpenAI se inscribe dentro de una tendencia global que merece ser analizada jurídicamente. BBVA ha desplegado más de 11.000 licencias de ChatGPT y ha desarrollado su propio asistente “Blue”, operativo en la app de cliente.
Morgan Stanley equipa a sus asesores financieros con copilotos de IA que redactan actas y resumen informes, optimizando la gestión documental. JPMorgan, pionero en Estados Unidos, no solo integra IA en back-office y contact centers, sino que ha desarrollado su propia solución, IndexGPT, orientada a asesoría de inversión automatizada.
Todos estos proyectos presentan un patrón: las entidades inician la adopción en tareas de bajo riesgo para posteriormente escalar a procesos más críticos, donde el escrutinio regulatorio será inevitable.
C) Oportunidades y riesgos desde la perspectiva jurídica:
El uso de IA generativa en la banca ofrece beneficios evidentes y, jurídicamente, también ciertos elementos positivos:
✔️ Un enfoque inicial en usos internos minimiza la exposición a riesgos regulatorios.
✔️ La formación masiva de empleados en IA muestra una cultura de cumplimiento anticipado: la educación es el primer paso para mitigar riesgos futuros.
✔️ Generación de mayor trazabilidad documental, si se implementan auditorías y registros adecuados.
No obstante, los “peros” no son menores:
- Protección de datos personales: gran parte de la información bancaria entra en la categoría de datos especialmente sensibles, y el tratamiento con modelos externos requiere garantías adicionales de anonimización, cifrado y gobernanza contractual.
- Riesgo de sesgos y decisiones automatizadas discriminatorias: si la IA interviene en el scoring crediticio, incluso de manera indirecta, el banco podría enfrentarse a reclamaciones de discriminación, incumplimiento del RGPD (art. 22) y del Reglamento de IA.
- Dependencia contractual con proveedores tecnológicos: acuerdos como el de Santander con OpenAI deben contemplar cláusulas claras sobre propiedad de datos, seguridad, acceso, auditoría y responsabilidad en caso de fallos o brechas.
- Supervisión humana efectiva: la futura normativa europea exige que siempre exista un control humano “real y sustancial”. Delegar decisiones críticas en un algoritmo sin filtros jurídicos adecuados supondría incumplimiento normativo y riesgo reputacional.
D) Conclusión: el Derecho como infraestructura invisible y necesaria en la innovación de la banca:
El acuerdo del Santander con OpenAI marca un hito en la transformación digital de la banca, y abre sin duda la puerta a una nueva era de productividad corporativa. Pero la experiencia nos demuestra que en el sector financiero toda innovación debe construirse sobre la base de un sólido marco jurídico de confianza.
La IA generativa puede ayudar a las entidades financieras a ser más eficientes, ofrecer mejores servicios y crear una banca más accesible. Sin embargo, en mi opinión, este avance solo será sostenible si va acompañado de un cumplimiento riguroso de las normas europeas e internacionales, una correcta asignación de responsabilidades con proveedores y una cultura organizacional que no entienda la IA como sustituta, sino como complemento de la actuación humana responsable.
«Un gran poder conlleva una gran responsabilidad».
Y aquí, esta famosa y marveliana frase alcanza unas cotas de proporciones gigantescas.
Por lo que seguiré con atención, no solo el fenomenal desarrollo tecnológico que se prevé, sino también el necesario cumplimiento normativo.
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Noticia de inspiración de las reflexiones:
«Santander acelera su estrategia ‘data & AI-first’ tras firmar un acuerdo con OpenAI».

