La voz del experto: «La Geopolítica de la Inteligencia Artificial: ¿Hacia un posible Convenio Internacional? Un Análisis Jurídico desde la Perspectiva Global».

Redactado por Beatriz del Toro, quien es (entre muchas cosas) abogada especializada en Legaltech e Inteligencia Artificial. La apasionan los avances tecnológicos y creo en la gran importancia de la regulación normativa en la transformación digital para una mayor ética, transparencia y seguridad. Precisamente por ello, se dedica a asesorar y ayudar a empresas en el complejo universo normativo de la IA y también imparto formaciones sobre este tema. 

A) Introducción:

La inteligencia artificial (IA) ha trascendido el ámbito tecnológico para convertirse en un pilar fundamental de la geopolítica global. Su rápido avance y las profundas implicaciones éticas, sociales y económicas que conlleva han impulsado a las principales potencias mundiales a buscar marcos regulatorios y de cooperación que revelan visiones y estrategias divergentes.

Con este artículo pretendo analizar las posturas de la Unión Europea, China y Estados Unidos en la gobernanza de la IA, amén de otros países también de innegable importancia en este asunto, y la posibilidad, a raíz de las últimas noticias, que me hace pensar en un futuro Convenio Internacional sobre IA.

La urgencia de una gobernanza global de la IA es innegable. Los riesgos asociados a esta tecnología, desde la proliferación de deepfakes o el impacto en los derechos fundamentales, no conocen fronteras. Sin embargo, la fragmentación regulatoria actual, marcada por la competencia tecnológica y las luchas de poder, plantea desafíos significativos para la coordinación internacional. A pesar de estas tensiones, la creciente presión social por una IA segura y justa, junto con las propuestas de cooperación de diversos países, sugieren que un mínimo común denominador global es no solo deseable, sino cada vez más factible.

B) Europa: Liderazgo Normativo y Enfoque en Derechos Fundamentales

La Unión Europea se ha posicionado como pionera en la regulación de la inteligencia artificial, adoptando un enfoque normativo que prioriza la protección de los derechos fundamentales y la seguridad. Su estrategia se articula principalmente a través de dos instrumentos clave: el Reglamento de IA (AI Act) y el Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial y Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho.

El AI Act y el Código de Buenas Prácticas:

El AI Act (Reglamento (UE) 2024/1689) es el primer marco legal integral sobre IA a nivel mundial. Su objetivo es fomentar una IA confiable en Europa, estableciendo un conjunto claro de reglas basadas en el riesgo para desarrolladores y usuarios de sistemas de IA. La ley, que entró en vigor el 1 de agosto de 2024, se está desplegando de forma progresiva y se espera que sea plenamente aplicable en 2026, con algunas excepciones.

El pasado 2 de agosto de 2025, entraron en vigor las normas para los modelos de inteligencia artificial generativa, que obligan a los grandes sistemas como ChatGPT, de OpenAI, o Gemini, de Google, a respetar los contenidos protegidos por derechos de autor y a no proporcionar información discriminatoria ni contraria a los derechos fundamentales.

Para facilitar la implementación, la Comisión Europea ha publicado directrices y un código de conducta voluntario, el famoso Código de Buenas Prácticas o GPAI (General Purpose AI Code of Practice). Sin embargo, la adhesión a este código ha sido desigual, con empresas como Meta que han manifestado su negativa a firmarlo en su totalidad, y xAI, de Elon Musk, que solo se ha comprometido parcialmente. Esto evidencia las tensiones entre la regulación y los intereses de las grandes tecnológicas.

El Convenio Marco del Consejo de Europa: Un Instrumento Vinculante Global:

El Convenio Marco del Consejo de Europa, aprobado en mayo de 2024, sigue siendo un instrumento clave para la diplomacia regulatoria de la UE, buscando extender sus principios de derechos humanos, democracia y Estado de derecho a nivel global. Aunque su adopción es un proceso a más largo plazo, complementa la estrategia del AI Act al ofrecer un marco de cooperación internacional basado en valores compartidos.

La postura europea, por tanto, se reafirma en su universalismo y su enfoque basado en derechos, aunque enfrenta el desafío de la implementación y la resistencia de algunos actores clave del sector tecnológico.

B) China: Liderazgo Alternativo, Soberanía y Consenso

China, por su parte, busca posicionarse como un líder alternativo en la gobernanza global de la IA, promoviendo un modelo que enfatiza la soberanía nacional, la flexibilidad y la cooperación pragmática. Su propuesta más destacada ha sido la creación de la “World Artificial Intelligence Cooperation Organization” (WAICO), presentada en la World AI Conference de Shanghái el 26 de julio de 2025.

La iniciativa china, con sede en Shanghái, se orienta a la consulta, la inclusividad y la coordinación, evitando la imposición de estándares occidentales o de derechos universales estrictos. El Primer Ministro Li Qiang ha subrayado la necesidad de una estructura de gobernanza global para la IA, alertando sobre el riesgo de que esta tecnología se convierta en el “juego exclusivo de unos pocos países y empresas”.

Recientemente, China ha endurecido su control sobre la IA, instando a las empresas tecnológicas a reforzar el control sobre la información con la que entrenan sus modelos de IA. Desde 2023, China obliga a que los servicios de IA se ajusten a “los valores socialistas fundamentales” y prohíbe “generar contenidos que atenten contra la moral”. Además, ha exigido “pruebas de seguridad” a empresas como Nvidia, ante temores sobre la existencia de “puertas traseras” en sus chips. Estos movimientos reflejan la preocupación de China por la seguridad y el control ideológico de la IA, así como su estrategia para consolidar su soberanía tecnológica.

China no es parte del Convenio Marco del Consejo de Europa sobre IA y, de hecho, su propuesta de WAICO se presenta como una alternativa o “suplemento” a marcos dominados por Occidente. Aunque comparte con Europa la visión de que la gobernanza de la IA no puede ser abordada únicamente a nivel nacional y que se requiere cooperación internacional, difiere fundamentalmente en el enfoque, los objetivos y el liderazgo, priorizando la flexibilidad y el consenso sobre la vinculación legal estricta.

C) Estados Unidos: Liderazgo Estratégico y Flexibilidad Regulatoria

La postura de Estados Unidos en la regulación de la IA se distingue por un enfoque que prioriza la innovación, la competitividad y la flexibilidad, evitando en gran medida la imposición de normativas rígidas que puedan frenar el desarrollo tecnológico. Aunque participó en la negociación del Convenio Marco del Consejo de Europa, no lo ha ratificado hasta la fecha, ni ha mostrado interés en unirse a la iniciativa china.

La estrategia estadounidense se centra en mantener su liderazgo en innovación y proteger los intereses de sus empresas tecnológicas. Recientemente, la administración de Donald Trump ha lanzado un “Plan de Acción para la IA” que busca impulsar el liderazgo de EE. UU. en IA reduciendo regulaciones y promoviendo la tecnología.

Algunos puntos clave de la estrategia de Estados Unidos incluyen:

•Enfoque de “regulación mínima”: Basado en la idea de que la innovación tecnológica no debe verse obstaculizada por normativas estrictas.

•Promoción de coaliciones y alianzas estratégicas: Con aliados para mantener su liderazgo en IA, en parte como reacción al avance tecnológico y normativo de China.

•Interoperabilidad normativa: Más que tratados estrictos, EE. UU. busca la compatibilidad entre diferentes marcos regulatorios para facilitar el comercio y la colaboración.

•Plan de Acción para la IA: Basado en más de 90 acciones de política federal, con tres puntos principales: acelerar la innovación, proteger los intereses nacionales y exportar la IA estadounidense a sus aliados.

Aunque a nivel federal se ha evitado una regulación integral, algunos estados, como Nueva York, están avanzando en sus propias normativas, buscando establecer estándares de seguridad para modelos de IA avanzados. Sin embargo, la tendencia general es la de un enfoque más pragmático y menos restrictivo que el europeo, y claramente divergente del modelo chino.

D) Otros Actores Globales y la Búsqueda de Consenso

Además de las tres grandes potencias, otros países y organizaciones internacionales también desempeñan un papel crucial en la configuración de la gobernanza global de la IA. Países como Japón, Canadá, Israel, Australia y varias naciones latinoamericanas han participado activamente en la negociación del Convenio Marco del Consejo de Europa, lo que refleja un interés creciente en una gobernanza global bajo los principios de derechos y democracia.

Si bien no han surgido propuestas alternativas tan estructuradas como las de China o Europa, organizaciones como la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos) y la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura) han impulsado directrices y recomendaciones éticas en IA. Estas iniciativas buscan establecer consensos técnicos y principios universales, aunque no son jurídicamente vinculantes.

La ONU, por su parte, ha respondido a las iniciativas de IA de Estados Unidos, advirtiendo que la falta de cooperación puede generar brechas tecnológicas y abogando por una regulación global. Esto subraya la necesidad de un diálogo continuo y la búsqueda de puntos en común entre las diferentes visiones y enfoques regulatorios.

La diversidad de actores y sus respectivas prioridades hacen que la construcción de un consenso global sea un desafío complejo. Sin embargo, la creciente interconexión de la IA y sus implicaciones transfronterizas hacen que la colaboración sea indispensable para abordar los riesgos y maximizar los beneficios de esta tecnología a escala mundial.

Entre los nuevos protagonistas en la gobernanza de la IA podemos destacar algunos países que, si bien no figuran como actores principales, su intervención podría ser crucial en un posible convenio internacional:

India

Ha lanzado un ambicioso plan estatal con inversión pública superior a 57 millones de dólares y la creación de Centros de Excelencia en IA. India aplica IA a gran escala en lo público y privado, pero enfrenta el reto de evitar la centralización de datos y la opacidad algorítmica. Su posición: impulsar una IA “inclusiva, ética y multilingüe”, con auditorías éticas, garantía de revisión humana y protección real de datos personales. India es candidata a liderar la voz de los países emergentes en foros globales.

Brasil

El Senado aprobó en diciembre de 2024 un proyecto que sienta las bases de un posible futuro “AI Act latinoamericano”. Inspirado en el modelo europeo, promueve la “gobernanza responsable” sobre la base de riesgos y la protección de derechos, aunque con mayor dispersión regulatoria y fuerte presencia de la sociedad civil. Brasil lidera la presentación de un plan estatal de 4,000 millones de dólares para el desarrollo y regulación de la IA, buscando que las tecnologías sirvan a la inclusión y el desarrollo local.

Sudáfrica

Sudáfrica publicó en agosto su primer marco nacional de políticas de IA, en línea con la Estrategia Continental aprobada por la Unión Africana. Su objetivo es sentar las bases para una futura ley integral —con foco en derechos humanos, ética e innovación, y priorizando la inclusión digital— y posicionarse como referente africano en gobernanza IA. La inversión en el sector crece en paralelo a la demanda de regulaciones que equilibren innovación y protección.

Emiratos Árabes Unidos

Los EAU son pioneros en la digitalización legislativa: han creado la Oficina de Inteligencia Regulatoria, órgano que supervisa y agiliza la producción legislativa empleando IA, además de centralizar todas las leyes en una sola plataforma inteligente. Trabajan para que estas herramientas sean un modelo de modernización normativa a escala global, conectando la legislación local con estándares internacionales y permitiendo la adaptación acelerada de leyes a los avances tecnológicos.

Corea del Sur

Corea del Sur promulgó en diciembre de 2024 la Ley Básica de IA, la segunda gran normativa integral tras la UE. Entrará en vigor en enero de 2026. Aunque basada en riesgos, difiere respecto al reglamento europeo al priorizar un marco estratégico y la delegación en el Ministerio de Ciencia e ICT, y se posiciona para regular también sistemas de alto impacto, no solo alto riesgo, incluyendo principios éticos y de transparencia.

E) Conclusión y reflexión: retos y oportunidades ante un consenso internacional

La geopolítica de la IA se encuentra en un punto de inflexión. La coexistencia de iniciativas como el Convenio Marco del Consejo de Europa y la propuesta china de la WAICO, junto con la postura pragmática de Estados Unidos, evidencian las diferencias y el pulso geopolítico por liderar la agenda internacional de la IA pero, al mismo tiempo, la ineludible necesidad de cooperación. Aunque un “consenso pleno” sobre un tratado internacional de IA puede parecer lejano, el imparable desarrollo tecnológico y la universalidad de los riesgos asociados a la IA sugieren que un “mínimo común denominador” global es cada vez más factible y necesario.

La clave residirá en la capacidad de las potencias para trascender sus diferencias ideológicas y estratégicas en aras de una IA segura, ética y beneficiosa para toda la humanidad. El tiempo y la diplomacia determinarán si esta generación logra sentar las bases de una gobernanza global de la inteligencia artificial que esté realmente a la altura de sus retos y promesas.

Mi conclusión final es que el futuro de la IA, y de su gobernanza, reside en la construcción de puentes regulatorios e innovadores, que permitan responder a los riesgos de la inteligencia artificial con visión global y justicia local.

El papel de los expertos legales será fundamental para asegurar que la tecnología se ponga al servicio de la sociedad y no la inversa. El auge de nuevas potencias regulatorias es una oportunidad inédita para fomentar una IA ética, auditable y orientada al bien común. El futuro tratado global sobre IA deberá ser necesariamente plural, abierto, evolutivo y supondrá un antes y un después definitivo para el consenso global para esta revolución tecnológica que está transformando nuestra sociedad.

Gracias por leer mi análisis sobre la geopolítica de la inteligencia artificial. Si te ha resultado útil o te interesa seguir de cerca mi trabajo y publicaciones legales, puedes visitar mi perfil de LinkedIn en: linkedin.com/in/beatrizdeltoroabogada

Tu interés y participación son bienvenidos. ¡Hasta pronto!»

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